No hay estipulada una ley que indica que una de las partes está obligada a costear los valores asociados a la transferencia de vehículo.
Sí es cierto que, en el común de los traspasos en Chile, es el comprador quien asume esos gastos.
Por lo que, finalmente, quién pague los costos asociados a la transferencia o la forma en que lo haga, será algo definido en un preacuerdo entre las partes.
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